
El proceso para meter pensión alimenticia a un militar es el mismo a realizarse por parte de la persona que tiene la tenencia del menor.
Para la demanda de pensión alimenticia la madre o representante legal del menor deberá ingresar el proceso ante el Juzgado de la niñez y adolescencia.
Para la demanda de alimentos se requiere del auspicio de un abogado quien deberá seguir el proceso, a menos que se lo realice a través de una mediación.
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¿Qué documentos se necesita para el pago de la pensión alimenticia de un militar?
Al cumplir las etapas de la demanda de pensión alimenticia contra un militar y que esta se encuentre sentenciada por un juez se deberá seguir los siguientes pasos:
Para ejecutar la retención y pago de la pensión alimenticia en el ISSFA, el representante legal del alimentado debe presentar estos documentos:
- Certificado original o dictamen del juez o tribunal
- Solicitud del representante legal del alimentado dirigida al Director General del ISSFA solicitando se disponga la retención y pago de los valores fijados en la pensión alimenticia.
- Copia del código SUPA en la que se deberá depositar los valores retenidos a los militares para el pago de la pensión de alimentos.
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Fuentes oficiales
- Sistema Único de Pensiones Alimenticias (SUPA) – Función Judicial
- Consulta de procesos judiciales – Función Judicial
- Consejo de la Judicatura – Función Judicial del Ecuador
- Defensoría Pública del Ecuador (asesoría legal gratuita)
- Código Orgánico de la Niñez y Adolescencia, Título V: Del derecho a alimentos.
Información orientativa revisada por Darío Villacrés. No reemplaza la asesoría de un abogado. Este sitio no es la página oficial del SUPA.
